PRINCIPIO DE LEGALIDAD
El Segundo Registro de la Propiedad en observancia a la normativa jurídica que rige al estado democrático de derecho guatemalteco sujeta sus actividades conforme a lo que establecen las leyes para alcanzar el bienestar común de la población.
PRINCIPIO DE SEGURIDAD Y CERTEZA JURÍDICA
El Segundo Registro de la Propiedad como una institución pública responsable de darle la confianza al ciudadano en el que su actuar se realizará conforme lo ha preestablecido la normativa legal guatemalteca y que cada servicio tendrá la certeza que será válida y con plenos efectos jurídicos en su contenido.
PRINCIPIO DE PUBLICIDAD REGISTRAL
El Segundo Registro de la Propiedad surge como una institución administrativa y pública, adecuada para lograr la publicidad de las relaciones inmobiliarias, jurídicas que tiene como finalidad esencial lograr la seguridad jurídica en el trafico jurídico inmobiliario resguardando al interesado de lo que se refleja en los registros presumiéndose estas como exactas.
PRINCIPIO DE PROPIEDAD PRIVADA
El Segundo Registro de la Propiedad reconociendo la primacía constitucional relacionada a que es un derecho inherente a la persona humana y en virtud de ello su compromiso es el resguardo de ese derecho en base a los elementos jurídicos susceptibles de ser inscritos o bien que provoquen la modificación de lo inscrito y con obediencia a las declaraciones y ordenes que dispongan los tribunales competentes para inscripciones específicas.
VALORES
Servicio de calidad
El Segundo Registro de la Propiedad, actúa con alto sentido de atención y colaboración a las necesidades de la población, cumpliendo estándares internacionales.
Integridad
El Segundo Registro de la Propiedad actúa adecuadamente en todos los ámbitos y circunstancias.
Transparencia
Todas las actuaciones del Segundo registro de la Propiedad son públicos.
Responsabilidad
El Segundo Registro de la propiedad actúa con alto sentido de cumplimiento de su mandato.
Equidad
El Segundo Registro de la Propiedad observa rigurosamente el principio de igualdad de trato, condiciones, oportunidades y en general el trato justo a las personas.